domingo, 5 de febrero de 2017

Interpretación del Primer artículo de la Constitución Mexicana

Para poder iniciar con la interpretación del Primer Artículo Constitucional debemos saber como se aplica la misma, por ello iniciaré con el Control Concentrado y Control Difuso.

Anteriormente en México solamente se aplicaba el Control Concentrado de Constitucionalidad, aquí su definición:

  • Control Concentrado: El sistema de Control Constitucional concentrado (obra de Hans Kelsen) se distingue por el hecho de que un solo órgano es el competente para examinar una ley o acto, y determinar su conformidad con lo estipulado en la ley fundamental, en México la Constitución solamente podía ser aplicada e interpretada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en casos donde las leyes o actos iban en contra de la misma Carta Magna y este órgano podía y puede declarar la Incosntitucionalidad de la misma. Actualmente también contamos con el Control Difuso.
  • Control Difuso: Tiene su origen en los principios del Constitucionalismo Norteamericano en el cual, se le reconoce a la Constitución el carácter de Norma Suprema y se le da a los jueces la función de velar por la protección de la misma. La esencia del método Difuso de Control de Constitucionalidad radica en la noción de la Supremacía Constitucional y en su efectiva garantía, en el sentido de que si hay actos que colinden con la Constitución, ellos son nulos y como tales tienen que ser considerados por los tribunales, los cuales son, precisamente, los llamados a aplicar las leyes. 
Esto es de suma importancia ya que la Constitución ahora no es solamente un tipo de guía sino que ya se le da el peso que realmente tiene, el de LEY SUPREMA que salvaguarda todos los derechos inherentes de las personas.

Explicado esto podemos entrar con la interpretación del Primer Artículo en el cual encontraremos lo siguiente:
  1. Primero: los Derechos Humanos.
  2. Segundo: el Principio Pro Persona.
  3. Tercero: los Principios de Universalidad, Interdependencia, Indivisibilidad y Progresividad. 
  4. Cuarto: la Prohibición de la Esclavitud.
  5. Quinto: La Prohibición de la Discriminación.
El primer párrafo menciona lo siguiente:
“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales…
Aquí tendremos que ver primero ¿Qué son los derechos Humanos? y segundo ¿Cuáles son?
  • Concepto de Derechos Humanos: Son aquellas facultades, prerrogativas, garantías y libertades reconocidas por el Estado y son inherentes a la persona Humana a nivel personal, social, nacional y universal para salvaguardar su dignidad en un ámbito material y espiritual a fin de lograr un desarrollo pleno e integral. Para entenderlo de forma mas simple… "Son los derechos con los que contamos por el simple hecho de ser personas". 
Y ESTO NOS DERIVA  A LA SEGUNDA CUESTIÓN ¿CUÁLES SON AQUELLOS DERECHOS CON LOS QUE CONTAMOS?
  • A través de la Constitución y los Tratados Internacionales podremos encontrar diferentes Derechos Humanos…Por ejemplo el derecho a la vida, el derecho a la educación, el derecho a la libertad, el derecho al empleo, el derecho de petición, el derecho de creencias religiosas,etc. Y estos nos ayudan a desarrollarnos de manera integral (Como dato curioso México tiene ratificados mas de 200 TI que contienen DH).
http://www.derechoshumanos.net/derechos/index.htm?gclid=Cj0KEQiAt9vEBRDQmPSow-q5gs8BEiQAaWSEDnDGhWIYPQEbrsfArpn2AUR_W2wr9Y2s9zqCRcus9xQaArOG8P8HAQ#topTable


El segundo párrafo de la constitución menciona lo siguiente:
“Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. “
De aquí se deriva el Principio Pro Persona, este consiste en que la interpretación jurídica siempre debe de buscar el mayor beneficio para el ser humano, es decir, incorporarse a la ley ya sea nacional o extranjera que favorezca mas a la persona.  Lo complicado en este principio es que las autoridades deben de estar instruidas en todos los tratados internacionales que México ha ratificado y como lo mencione anteriormente son mas de 200---ahora imaginen el trabajo que tienen los jueces si es que aplican este principio.

El tercer párrafo menciona lo siguiente
“Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”…
Explicaremos cada principio de forma breve..
El Principio de Universalidad deviene del reconocimiento de la dignidad que tienen todos los miembros de la raza humana sin distinción de nacionalidad, credo, edad, sexo o cualquier otra, por lo que los derechos humanos se consideran facultades que le corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo.
El Principio de Interdependencia consiste en que todos los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí, de tal forma, que el respeto y garantía o bien, la transgresión de alguno de ellos, necesariamente impacta en otros derechos.
El Principio de Indivisibilidad indica que todos los derechos humanos son infragmentables sea cual fuere su naturaleza.
Finalmente el Principio de Progresividad establece la obligación del Estado de generar en cada momento histórico una mayor y mejor protección de los derechos humanos, de tal forma, que siempre estén en constante evolución y bajo ninguna justificación en retroceso.
El cuarto y quinto párrafo son más sencillos de interpretar por lo que solo los mencionaré…
El cuarto párrafo nos menciona que: “Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y contaran con la protección de las leyes”.
Finalmente el quinto menciona que “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
Con esto finalizamos el estudio del primer artículo, si tienen algunas dudas o aportaciones déjenlas en los comentarios.


11 comentarios:

  1. Excelente explicación, me ayudo mucho-

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  2. EXCELENTE FORMA, CONCRETA Y SIN TANTOS TECNICISMOS.

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  3. gracias por las explicaciones de los artículos, es maravilloso como lo explicas
    espero que los espliques todos así gracias.

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  4. Muchas gracias, excelente trabajo. Espero nos sigas ilustrando

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  5. Que tal, disculpa quiero hacer dos comentarios....
    El primero es el de agradecerte por tomarte el tiempo y dedicacion al escribir este articulo, que a mi como persona simple me intereso leer y aprender.
    El segundo comentario es el que reconosco y merece gran valor el gran trabajo que haces, el cual ayuda a ciudadanos como yo interesados en el desarrollo y aportacion a que nueatra sociedad crezca y sea beneficiada.

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